Algunos emprendedores, que cada mes han de pagar alrededor
de 260,96 euros como cotización a la Seguridad Social además de su retención
como asalariados. Y se pueden preguntar si vale la pena, si algún día recuperarán
ambas cotizaciones.
HOW
TO CALCULATE THE RETIREMENT PENSION? (3)
Some entrepreneurs,
every month they have to pay around 260,96 euros as contributions to Social
Security as well as their salaried employee retention. And I wonder if it's
worth, if they ever recover both contributions.
COMPATIBILIDAD ENTRE EL RÉGIMEN GENERAL
Y EL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
Las pensiones
de jubilación de un mismo régimen no se pueden concentrar por regla general, en
un solo beneficiario.
Por otra parte, las aportaciones
de distinto régimen son compatibles y se pueden acumular, por ejemplo la de jubilación y la de pensión de viudedad.
Así nos podemos
encontrar que un profesional esté obligado a compaginar su emprendeduría con un
trabajo asalariado, o la inversa, cotizando en dos regímenes diferentes de la
Seguridad Social, entonces:
·
Tendrá derecho al cobro de las dos pensiones de jubilación
siempre y cuando se cumplan con los requisitos comentados en los dos escritos
anteriores.
·
Si no cumpliese con los requisitos expuestos
anteriormente, entonces las base cotizadas del sistema que no los cumple se acumulan
con las del régimen que da derecho a la prestación , teniendo en cuenta que:
o La suma de las
bases determina la base de cálculo de la prestación por jubilación.
o Hay un tope en
las bases de cotización y por tanto de la prestación por jubilación.
o Es necesario
que las cotizaciones de ambos regímenes se superpongan durante al menos 15
años.
Conclusión:
-
Es posible percibir varias prestaciones a la vez
siempre que pertenezcan a distintos regímenes.
-
Así el profesional que cotiza en el Régimen de
Empleados por cuenta propia y en el Régimen de trabajadores por cuenta ajena no
está perdiendo dinero, siempre y cunado cumpla con todos los requisitos
indicados en estos escritos ya que incrementa sus bases de cotización en la Seguridad
Social.
-
Igualmente las leyes cambian y los sistemas de
cálculo pueden sufrir alteraciones con sucesivas modificaciones en la reforma
del sistema de pensiones. Hay una clara voluntad política, a nivel europeo, de
reducir costes a la Seguridad Social, sin que los incremente la Administración
Pública.
-
Por ello, las pensiones públicas cada vez tienen
menos validez. Tal vez no vale la pena incrementar la base, y por tanto el pago
de la cuota la Seguridad Social, si no complementarlo con un sistema privado de
pensiones.
Lo mejor, trabajar pasados
los 67. ¿Por qué no?, si te gusta lo que haces…
Este escrito se ha realizado
mediante varias consultas en la Red, básicamente http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/como-se-calcula-la-pension-de-jubilacion
,http://www.consumer.es/economia-domestica/trabajo/,
https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/231479
y http://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/seguridad-social/la-jubilacion-del-autonomo/
así como consultas en la oficina integral de la Seguridad Social de Cornellà de
Llobregat
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