lunes, 10 de junio de 2013

ASISTENTES DOMÉSTICO/AS. PASOS A REALIZAR PARA SU CONTRATACIÓN.

Cotizar por los trabajadores que prestan servicios en nuestro domicilio ya es culturalmente aceptado.


DOMESTIC ASSISTANTS.
STEPS TO BE TAKEN FOR HIRE.


Quoting by workers who serve in our home and is culturally accepted.



En principio existen dos modalidades para contratar a un/ asistente doméstica,
- Por empresa
- Por familia u hogar.

La diferencia fundamental es el salario y el coste de la Seguridad Social.

En función de los convenios colectivos:

El salario del trabajador/a puede ser calculado por hora, según el convenio “d’empreses d’atenció domiciliària de Catalunya”.
         
dicha hora recoge todos los conceptos salariales, como las pagas extras y las vacaciones correspondientes.
Según la categoría podemos tener
-         “treballador familiar”       (trabajador familiar)                  8,92 euros / h
-         “auxiliar de neteja”          (auxiliar de limpieza)                 7,65 euros / h

Según R.G.(Sistema Especial Empleados Hogar)               5,02 euros / h

Cuando necesitamos jornadas extensas de atención, el acuerdo salarial puede ser por pack. Como ejemplo uno de 900 euros netos mensuales.
Al ser neto el hogar asume el 100 % del coste de la Seguridad Social, tanto la cuota del empleador como del/a empleado/a.

Así se puede realiza el contrato al revés, sabiendo lo que se paga en función del mínimo convenio, se calculan las horas:

900 / 5,02 = 180 horas al mes

Para realizar el contrato en el Sistema Especial para Empleados de Hogar se deben realizar dos gestiones en la oficina integral de la Seguridad Social, si no se han realizado ya:
-         alta de la familia se debe obtener el código de cuenta del cotizante.
-         alta de la trabajadora

El contrato puede ser de duración determinada o indefinida.

El contrato implica:
-         Una nómina mensual del salarios percibido por el trabajador / a.
-         El pago de la cotización de la Seguridad Social pagado por la familia.

El coste de la cuota de la cotización a la Seguridad Social que indica el convenio de “Servicio del hogar familiar” está en función de unos tramos salariales indicados en unas tablas:

-        Cada tramo indica donde se sitúa el importe pagado al trabajador / a.
-        Por ejemplo para un salario de 900 euros mensuales corresponderá un coste de 159,63 € de los cuales 30,44 € corresponden al trabajador/a.


El pago de la Seguridad Social vendrá por recibo bancario y será cargado directamente en cuenta del empleador. En dicho recibo no entra la diferencia entre el cargo a la familia y a la trabajadora.

Los datos necesarios de las partes para realizar los trámites son :

Nombre, DNI, Número de la Seguridad Social.
Y el Código Cuenta Cliente del empleador para la domiciliación de cuotas.

El empresario / familia no está obligado a realizar las correspondientes retenciones del IRPF. En todo caso será obligación del / a trabajador/a pagar o no a la Agencia Tributaria cuando realiza su declaración de renta anual.


La gestión de alta del/a empleador/a y al trabajador/a no se pueden realizar a través del sistema RED, deben hacerse personalmente en la oficinas integrales de la Seguridad Social rellenando los impresos TA.2/S-0138 y  TA.6-0138_HOGAR


Por último realizar el contrato.



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