lunes, 12 de marzo de 2012

( y II ) Aspectos individuales del aumento de los tipos del I.R.P.F.





El cálculo de la retención a pagar es una aproximación a la declaración anual de la renta.


Hemos de tener en cuenta que todo se regulariza cuando se confecciona de forma global en los meses de mayo y junio del año siguiente.




Tomamos un sueldo bruto → (por ejemplo) 20.000 €
Restamos los Rendimientos del trabajo → 2.652,00 € es un importe fijo.
y la aportación a la Seguridad Social → 1.270,00 € importe anual resultado de aplicarle los porcentajes de la retención correspondiente.
La suma de ambos conceptos: 2.652,00 € y 1.270,00 € es 3.922,00 €
así, 20.000 – 3.922,00 € = 16.078,00 €
Estos 16.078,00 € son la base del I.R.P.F., que le corresponde sólo el primer tramo, aplicándole un 24,75 % → 3.979,31 €
A este importe le hemos de restar el mínimo familiar aplicándole el porcentaje del primer tramo → 24,75 %


6.069,00 € x 24,75 % = 1.502,08 €
Así: 3.979,31 € - 1.502,08 € = 2.477,23 €
Este sería el importe a pagar en el AÑO, que se ha de repartir en todas las nóminas del trabajador. Si tiene 14 pagas, pues en 14 veces.
Y dividiendo 20.000 € / 2.477,23 € = 12,39 %
obtengo el porcentaje que se tendrá que aplicar a todas las pagas.


Os adjunto la página donde está la fantástica hoja de cálculo que yo he aplicado para este ejemplo:
descargar Nóminas – Hoja de cálculo.
Es clara y detallada. Como ha de ser.

Me despido de vosotros esperando haber sido útil.


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