domingo, 27 de enero de 2013

El Registro Mercantil.




The Registro Mercantil is, for many small business, synonymous with obligation. Of time, work and pay. But, really, what's the use?

The Spanish Registro Mercantil.


El Registro Mercantil es, para muchos pequeños empresarios, sinónimo de obligación. De tiempo, trabajo y pago. Pero, realmente, ¿ para qué sirve ?



Leyendo el número XLI de la revista “Cont4bl3” el Registro Mercantil es aquel en el que se inscriben los hechos y actos relativos a los empresarios individuales y a las sociedades mercantiles, con el fin de darles publicidad de forma que puedan ser conocidos por las personas que contraten con ellos.


Son de carácter provincial, uno en cada capital, con excepciones, como las plazas africanas, los dos archipiélagos y Santiago de Compostela.


La utilidad del Registro es hacer público lo que es originalmente privado. Así, en el caso de las sociedades mercantiles, personas jurídicas, se deben inscribir la constitución de las misma, sus aumentos y reducciones de capital , disoluciones y liquidaciones entre otros hechos importantes de la vida de las mismas.


Y la información económica de las mismas como el depo´sito y publicidad de los documentos contables y el nomabramineto, cuando se produzca, de los auaditores de cuentas. Así, cualquier ciudadano puede ir al Rehgistro donde está ubicada el docmicilio socila e la empresa y recoger la información correspondientes a una empresa en concreto.


El Registro Mercantil se rige por unos principios. Los más importantes son:


    • obligatoriedad. La inscripción de determinados hechos relativos a la empresa es de carácter obligatorio según la Ley. La no inscripción puede dar lugar a responsabilidades.
    • Legalidad. El registro califica las fornas extrínsecas de los documentos a registrar, así como la capacidad y legitimación de quien los presenta. Se puede rechazar su registro por falta de forma.
    • Publicidad. Es público. Se puede obtener información del contenido de cualquier documento depositado en él, como las cuentas anuales o escrituras de poderes.


Evidentemente todo esto, como la inscripción o el depósito de información contable cuesta unos honorarios. Nos obligan y, encima, hemos de pagar. Y si queremos obtener información, pues también. Con el objetivo de hacer pública, y legal, una determinada información mercantil.


Y tal vez sería interesante investigar si este tipo de Registro sólo existe en España. No sé si en el resto de países europeos exista esta obligación. De ahí mi traducción al inglés.




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